EXTRACTO DEL CÓDIGO DE ÉTICA Y CONDUCTA

• GENERALIDADES

La Fundación Alfonso Martín Escudero (en adelante “Fundación” o “la entidad”) se ha dotado de un Código de Ética y Conducta (aprobado por su Patronato) como parte de su Sistema de Gestión de Compliance Penal, que expresa el comportamiento esperado, deseable y aceptable de todo el equipo humano de la entidad, y cuyo cumplimiento, la organización promoverá entre todos los interlocutores con los que mantiene relaciones de negocio y otras de naturaleza distinta, propias de su actividad.

• PRINCIPIOS y COMPROMISOS GENERALES DE ACTUACIÓN

El Código de Ética y Conducta se articula sobre el compromiso del equipo humano de la entidad con los siguientes principios generales de actuación:

• Integridad y transparencia

• Igualdad, diversidad, seguridad y no discriminación de las personas y respeto de los Derechos Humanos y Libertades Públicas

• Cumplimiento del entorno normativo y legal

• Protección del Medio Ambiente

• Protección de los activos, instalaciones e imagen de la entidad

El Código dedica un capítulo específico a las relaciones con terceros con los que la entidad establece relaciones de negocio que se regirán siempre por:

• la confidencialidad, transparencia, creación de valor y control necesario, y la gestión escrupulosa de los posibles conflictos de interés, así como la libre competencia.

• el no ofrecimiento ni aceptación de regalos, obsequios, favores o atenciones a terceros, salvo los de carácter meramente simbólico hasta una materialidad anual cuantificada en € como razonable según actividad y sector, siempre sin ánimo de influir u obtener ventajas (en el caso de relaciones con funcionarios públicos esta materialidad no aplica, puesto que está prohibido cualquier ofrecimiento).

• la colaboración transparente y activa con autoridades, reguladores y cualquier otro organismo público pertinente.

Nuestra Fundación cuenta con un Canal de Denuncias conforme a la normativa vigente para la recepción de comunicaciones relativas a comportamientos contrarios a los contenidos en el Código. Dichas comunicaciones, serán investigadas y los posibles comportamientos inapropiados serán sancionados de acuerdo con la normativa y al Sistema Disciplinario del que la Entidad se ha dotado también como parte de su Sistema de Gestión de Compliance Penal.

Nuestra organización dispone además, de un sistema de Prevención de Blanqueo de Capitales y de financiación del terrorismo, plenamente actualizado y conforme a la legislación aplicable, dada nuestra condición de sujeto obligado bajo determinados parámetros y en atención, a las diversas actividades que desarrollamos.

Además nuestro marco de Buen Gobierno se complementa con Protocolo Anti Corrupción y soborno, a cuyo extracto puede se puede acceder en esta misma web corporativa.

Todo lo que antecede se materializa en un sistema completo de análisis de riesgos y controles evidenciando su implantación y conocimiento con las diversas sesiones de formación que durante cada año se imparten al personal de la Fundación.

Si se precisa conocer con mayor detalle el contenido completo del documento, no dude en contactar con nosotros a través de las modalidades de contacto de nuestra web corporativa.

Madrid enero de 2024

EXTRACTO DEL MANUAL ANTICORRUPCIÓN
  • GENERALIDADES

La Fundación Alfonso Martín Escudero (en adelante “la Fundación” o “la entidad”) en su compromiso de desarrollo de su Sistema de Gestión de Compliance Penal, ha aprobado en su Patronato, una Política y un Procedimiento Anticorrupción (en adelante y conjuntamente denominados “el Manual”), que establece  las pautas de conducta adecuadas para la gestión de los riesgos de corrupción en el ámbito de las actividades de la Entidad, de acuerdo con lo establecido en la legislación vigente, que es aplicable a todo el equipo humano de la Fundación y en la medida que proceda a los terceros con los que establezca relaciones de negocio u otras propias de sus actividades. 

El Manual detalla de manera explícita los delitos y términos asociados al concepto genérico de corrupción, en su apartado de definiciones, explicando conceptos y delitos como el Cohecho, la Extorsión, el Pago de Facilitación, la Corrupción en los negocios, el Tráfico de Influencias, los Conflictos de Interés, o el tratamiento de Regalos.

  • PAUTAS DE CONDUCTA

El Manual establece pautas específicas de conducta para determinados casos como:

  • Regalos, que sólo se podrán aceptar u ofrecer con carácter meramente simbólico con una materialidad anual y un valor económico cuantificado en € como razonable según actividad y sector, dentro de los usos y costumbres consolidadas y generales, siempre que el objeto no sea en metálico o similar; todos serán registrados y comunicados a la función de Cumplimiento Normativo.

De manera expresa se prohíbe aceptar u ofrecer regalos a/de funcionarios públicos; o en el ámbito de negociaciones comerciales, o de terceros en procesos de establecimiento de relaciones (contratación, colaboración en proyectos, preparación de eventos), o que sean en metálico.

Igualmente se establecen límites razonados y razonables a los importes por comensal (cuantificados en €) en cada posible invitación a comidas, cenas o similares con fines representativos o comerciales; estos actos también serán registrados y comunicados a la función de Cumplimiento Normativo.

  • Gastos de Viaje y alojamiento, que deben responder siempre a objetivos de negocio, ser justificados mediante la factura apropiada, y registrados adecuadamente.

  • Las decisiones de compras y contratación con proveedores de bienes y/o servicios que se realizarán siempre bajo criterios objetivos, asegurando la idoneidad de estos, su adhesión a nuestro Código de Conducta (o la alineación del suyo propio con nuestros estándares), la inclusión de una cláusula anticorrupción en los contratos y el análisis reputacional previo de los mismos.

  • La prohibición expresa de utilizar los medios o recursos económicos de la Fundación para realizar aportaciones a cualquier tipo de actividad u organismo político.

  • Las donaciones y/o patrocinios que serán siempre a nivel compañía, previo análisis reputacional del receptor, y directamente a estas entidades receptoras sin mediación de terceros.

La Fundación cuenta con un Canal de Denuncias conforme a la normativa vigente para la recepción de comunicaciones relativas a comportamientos contrarios a los contenidos en el Código. Dichas comunicaciones, serán investigadas y los posibles comportamientos inapropiados serán sancionados de acuerdo con la normativa y al Sistema Disciplinario del que la compañía se ha dotado también como parte de su Sistema de Gestión de Compliance Penal.

Si se precisa conocer con mayor detalle el contenido completo del documento, no dude en contactar con nosotros a través de las modalidades de contacto de nuestra web corporativa

Madrid, enero de 2024