Código de ética y conducta
GENERALIDADES
La Fundación Alfonso Martín Escudero (en adelante, la “Fundación” o la “Entidad”) se ha dotado de un Código de Ética y Conducta, aprobado por su Patronato, como parte integrante de su Sistema de Gestión de Compliance Penal.
Dicho Código establece los principios, valores y pautas de comportamiento esperados, deseables y exigibles a todo el equipo humano de la Entidad, así como a aquellas personas físicas o jurídicas con las que la Fundación mantenga relaciones de negocio o de otra naturaleza vinculadas a su actividad.
La Fundación promoverá activamente el conocimiento, difusión y cumplimiento del Código entre todos sus interlocutores.
PRINCIPIOS Y COMPROMISOS GENERALES DE ACTUACIÓN
El Código de Ética y Conducta se articula sobre el compromiso del equipo humano de la Entidad con los siguientes principios generales de actuación:
- Integridad, honestidad y transparencia en todas las actuaciones.
- Igualdad, diversidad, seguridad y no discriminación, así como el respeto a los Derechos Humanos y a las Libertades Públicas.
- Cumplimiento estricto del marco normativo y legal aplicable.
- Protección del medio ambiente y fomento de prácticas responsables.
- Protección de los activos, instalaciones, información e imagen corporativa de la Entidad.
RELACIONES CON TERCEROS
El Código dedica un apartado específico a las relaciones con terceros con los que la Entidad establece vínculos profesionales, comerciales o institucionales, las cuales deberán regirse, en todo caso, por los siguientes principios:
- Confidencialidad, transparencia, creación de valor y control adecuado de los riesgos, así como una gestión escrupulosa de los posibles conflictos de interés y el respeto a la libre competencia.
- Prohibición de ofrecer o aceptar regalos, obsequios, favores o atenciones, salvo aquellos de carácter meramente simbólico y de escasa relevancia económica, dentro de los usos sociales aceptados y siempre sin ánimo de influir u obtener ventajas indebidas.
- En ningún caso será admisible el ofrecimiento o aceptación de regalos o atenciones a funcionarios o autoridades públicas.
- Colaboración transparente y activa con autoridades, reguladores y organismos públicos, en el marco de la legalidad vigente.
CANAL DE DENUNCIAS Y RÉGIMEN DISCIPLINARIO
La Fundación dispone de un Canal de Denuncias, conforme a la normativa vigente, destinado a la recepción de comunicaciones relativas a posibles comportamientos contrarios al Código de Ética y Conducta.
Las comunicaciones recibidas serán analizadas e investigadas con las debidas garantías de confidencialidad, y los comportamientos inapropiados podrán dar lugar a la adopción de las medidas disciplinarias que correspondan, de conformidad con la normativa aplicable y con el Sistema Disciplinario de la Entidad.
PREVENCIÓN DEL BLANQUEO DE CAPITALES Y FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO
La Fundación dispone de un Sistema de Prevención del Blanqueo de Capitales y de la Financiación del Terrorismo, plenamente actualizado y conforme a la legislación aplicable, atendiendo a su condición de sujeto obligado en determinados supuestos y a la naturaleza de las actividades que desarrolla.
MARCO DE BUEN GOBIERNO Y ANTICORRUPCIÓN
El marco de Buen Gobierno de la Fundación se complementa con un Protocolo Anticorrupción y Antisoborno, aprobado por el Patronato, cuyo extracto se encuentra disponible en esta misma web corporativa.
Todo lo anterior se materializa en un sistema integral de análisis de riesgos y controles, cuya implantación y conocimiento se refuerzan mediante acciones formativas periódicas dirigidas al personal de la Fundación.
En caso de requerir información adicional sobre el contenido completo del Código de Ética y Conducta, puede contactarse con la Fundación a través de los canales de contacto habilitados en su web corporativa.
Madrid, febrero de 2026.
EXTRACTO DEL MANUAL ANTICORRUPCIÓN
GENERALIDADES
La Fundación Alfonso Martín Escudero, en su compromiso con el desarrollo y mejora continua de su Sistema de Gestión de Compliance Penal, ha aprobado una Política y un Procedimiento Anticorrupción, aprobados por su Patronato (en adelante, conjuntamente, el “Manual”).
El Manual establece las pautas de conducta adecuadas para la identificación, prevención y gestión de los riesgos de corrupción en el ámbito de las actividades de la Entidad, siendo de aplicación a todo el equipo humano de la Fundación y, cuando proceda, a los terceros con los que mantenga relaciones de negocio o colaboración.
El Manual define de manera expresa los delitos y conceptos asociados a la corrupción, tales como el cohecho, la extorsión, los pagos de facilitación, la corrupción en los negocios, el tráfico de influencias, los conflictos de interés y el régimen de regalos y atenciones.
PAUTAS DE CONDUCTA
El Manual establece pautas específicas de conducta, entre otras, para los siguientes supuestos:
- Regalos y atenciones: solo podrán aceptarse u ofrecerse aquellos de carácter meramente simbólico y de escaso valor económico, dentro de los usos sociales aceptados, nunca en metálico ni con finalidad de influir indebidamente. Todos deberán ser registrados y comunicados a la función de Cumplimiento Normativo.
- Prohibición expresa de aceptar u ofrecer regalos o atenciones a funcionarios o autoridades públicas, así como en el contexto de negociaciones comerciales o procesos de contratación.
- Invitaciones y gastos de representación: sujetas a límites razonables y proporcionados, debidamente justificados, registrados y comunicados a la función de Cumplimiento Normativo.
- Gastos de viaje y alojamiento: deberán responder a objetivos legítimos de negocio, estar debidamente justificados mediante la correspondiente documentación y ser registrados adecuadamente.
- Compras y contratación de proveedores: se realizarán conforme a criterios objetivos, asegurando su idoneidad, análisis reputacional previo, adhesión al Código de Conducta y la inclusión de cláusulas anticorrupción en los contratos.
- Prohibición de realizar aportaciones a partidos políticos, campañas o actividades de naturaleza política utilizando recursos de la Fundación.
- Donaciones y patrocinios: se efectuarán exclusivamente a nivel corporativo, previo análisis reputacional del destinatario y de forma directa, sin intermediación de terceros.
La Fundación cuenta con un Canal de Denuncias conforme a la normativa vigente para la comunicación de posibles incumplimientos del Manual, que serán investigados y, en su caso, sancionados conforme a la normativa y al Sistema Disciplinario de la Entidad.
En caso de necesitar información adicional sobre el contenido completo del Manual Anticorrupción, puede contactarse con la Fundación a través de los canales habilitados en su web corporativa.
Madrid, febrero de 2026.